Aprueban videollamadas entre hijos y padres que no tengan la custodia

De acuerdo con el dictamen de la reforma al Código de Familia, el padre custodio estará obligado a facilitar dicha comunicación

El Pleno del Congreso local aprobó por unanimidad una reforma al Código de Familia del Estado de Yucatán, con lo que los hijos de padres separados podrán convivir con el progenitor con el que no vivan, todo ello para afianzar las relaciones paterno filiales.

Los menores tendrán derecho a comunicarse con el progenitor que no tenga su custodia por llamada telefónica, Skype, Facetime o WhatsApp, y el padre custodio estará obligado a facilitar dicha comunicación, señala el dictamen de la reforma, que propuso el diputado Luis Borjas Romero.

La salud de los menores a causa de la pandemia ha cuestionado si las madres o padres custodios deben permitir la convivencia de sus hijos con el progenitor que no vive con ellos. A fin de que esto no se tome como una excusa para evitar la convivencia, se aprobó decretar la obligatoriedad del uso de los medios modernos de la tecnología para que el menor tenga contacto directo y de modo regular con el padre o la madre que no vive con ellos.

Así, además, se obliga a que ambos padres cumplan con todas sus obligaciones, poniendo a disposición nuevas modalidades para hacerlo, pues en caso contrario se puede dar lugar a la imposición de multas económicas; arrestos o perder la guarda y custodia.

LAS ADOPCIONES SERÁN MÁS ÁGILES

Las y los menores en orfandad ya no deberán esperar una eternidad para encontrar una nueva familia en Yucatán, ya que este lunes, por unanimidad, el Congreso del Estado aprobó reformas al Código de Familia que agilizan y evitan la duplicación de trámites, así como la reducción de los tiempos en los procesos de adopción.

La iniciativa fue presentada en marzo del 2019 por las legisladoras Milagros Romero Bastarrachea y Silvia López Escoffié, debido a que el proceso para adoptar a una niña o niño era demasiado lento y demoraba de 5 a 6 años en promedio.

“Logramos acotar un proceso de cuatro años a un proceso que no deberá ser mayor al término de un año posterior a la presentación de la solicitud inicial ante el juez”, indicó durante su intervención la diputada Romero Bastarrachea.

Texto y foto: Esteban Cruz Obando

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