Casos de condonación implicarían trabajo entre contribuyente y contador

Al inidicar que son muy pocos los casos en los que se puede condonar el pago de impuestos  por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT), el presidente del Instituto Mexicano de Contadores Públicos (IMCP) en la entidad, Enrique Lorenzo Salazar Durán, señaló que es muy difícil que un profesionista del área actúe sin instrucción del contribuyente.

Lo anterior, al usarse como justificación para la falta de pago de impuestos por parte de algunos empresarios, políticos y artistas durante los sexenios de Felipe Calderón Hinojosa y Enrique Peña Nieto.

“El contribuyente es responsable, el contador, puede haber buenos o malos, pero es muy difícil que el contador actúe de forma aislada del contribuyente”, compartió para este medio informativo.

Consideró que es deber del contribuyente estar informado de la implicación fiscal que se genera por su labor y no se puede concebir que siempre deba atribuirse una responsabilidad al profesionista.

“Es un tema que parte del contribuyente y termina con él, y tiene que ser auxiliado con un profesionista capaz. Igual puede haber gente que no actúe de manera adecuada o se deja presionar cuando el contribuyente dice baja los impuestos, también no es un acto aislado. Tiene que trabajar en mancuerna”, añadió.

No obstante, Salazar Durán negó que este tipo de casos manchen la imagen del contador ya que en todas las profesiones existe la posibilidad de que se actúe de manera inadecuada, pero habría que conocerse el caso.

En el caso del Colegio de Contadores dijo que siempre hablan de la ética profesional y la diligencia, y así hay que conducirse. “Un trabajo que realices de manera inadecuada te cuesta el sustento de la familia”.

CONDONACIÓN

En cuanto a la condonación, señaló que son muy pocas los casos, incluso no hay una regla genérica que lo permita. Hay ciertas facilidades.

“Lo que se puede condonar son multas y cuando eres contribuyente que has sido cumplido y si tienes por primera vez un error, puedes disminuir parcialmente los recargos. En regla general no existe un procedimiento de condonación de contribuciones”, abundó.

Finalmente recordó que todos tienen la obligación de contribuir y el no hacerlo o declarar ingresos menores es un delito, por lo que no hay justificación alguna.

Texto y foto: Jesús Gómez

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