Cuotas del IMSS se podrán diferir por hasta 48 meses

Por medio de un comunicado oficial, el Instituto Mexicano del Seguro Social informó que su Consejo Técnico acordó difundir los instrumentos legales y administrativos con que el IMSS cuenta para facilitar el correcto pago de las cuotas obrero-patronales y la opción de diferir el pago de las mismas desde 12 meses hasta 48.

Se aclara que aclara que el monto convenido en pago a parcialidades no sufre ninguna modificación y, al ser un pago recibido fuera de los plazos legales, genera actualización y recargos.

“Convenio de pago en parcialidades de cuotas IMSS previsto en los artículos 40-C y 40-D de la Ley del Seguro Social. En este aspecto se establecen mecanismos de orientación para facilitar la suscripción de dichos convenios, en el entendido de que el importe inicial a cubrir será del 20 por ciento de la cuota patronal y del 100 por ciento de la obrera, el resto podrá diferirse hasta un máximo de 48 meses”, se lee en el comunicado.

Mientras que la tasa de interés mensual estará entre el 1.26 por ciento y 1.82 por ciento, dependiendo del plazo que eligieron para pagar (12, 24 y más de 24 meses).

En el mismo comunicado se señala que los patrones no deberán ofrecer ningún tipo de garantía

Por último señalaron debido al protocolo de la declaratoria de Emergencia Sanitaria, el Instituto Mexicano del Seguro Social definió como días inhábiles para la práctica de actuaciones, diligencias, audiencias, notificaciones o requerimientos, el periodo comprendido entre el 31 de marzo de 2020 y la fecha en que el Consejo Técnico determine que han cesado las causas que le dieron origen.

Fuente: Comunicado de prensa

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