Habrá otra Ley Seca a partir de mañana

La Copriscam señala que la medida de mitigación es preventiva y temporal y su objetivo es contribuir al control de movilidad ante la contingencia sanitaria.

Debido al exceso de movilidad y para preservar la salud de la población, en contención al COVID-19, la Comisión para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (Copriscam) tomó la decisión de suspender la venta y consumo de bebidas alcohólicas en todas sus graduaciones en los establecimientos mercantiles a partir de mañana, jueves 25 de junio.

El titular del Organismo, Santiago Rubén Rodríguez Adam, informó que la medida de mitigación es preventiva y temporal y su objetivo es contribuir al control de movilidad.

Por lo anteriormente expuesto, quedan sin efecto las disposiciones emitidas el 5 y 20 de junio de 2020.

Esta nueva disposición se toma con fundamento en lo establecido en los artículos 8º fracción XII y 18 de la Ley para la Venta Ordenada y Consumo Responsable de Bebidas Alcohólicas del Estado de Campeche, el Poder Ejecutivo del Estado, por conducto de la Junta Reguladora para la Venta Ordenada y Consumo Responsable de Bebidas Alcohólicas del Estado de Campeche.

A partir de este día jueves, todos los establecimientos señalados en el artículo 4 de la Ley para la Venta Ordenada y Consumo Responsable de Bebidas Alcohólicas del Estado de Campeche, deberán cumplir con la prohibición ordenada, en caso contrario, serán acreedores a las sanciones establecidas en los artículos 63 inciso a), fracción VII y IX, e inciso b), fracción IV; 92, fracción I, inciso i); artículo 94 y demás relativos aplicables de le Ley en cita.

En ese sentido, Minisúpers, Supermercados, Loncherías y Coctelerías, Restaurantes, Minisúpers Locales, Tiendas de Abarrotes y Tiendas de Conveniencia, que por las características de sus giros expendan adicionalmente otro tipo de productos, podrán continuar con sus actividades, siempre que no vendan, suministren ni permitan el consumo de bebidas alcohólicas.

Además, deben implementar las medidas de sana distancia mínima de 1.5 metros entre las personas, dentro y fuera de los establecimientos mercantiles, un control de acceso restringido, así como garantizar la disponibilidad de agua y jabón para el lavado de manos o gel a base de alcohol al 70%, y verificar el uso obligatorio de cubrebocas, a fin de reducir cualquier tipo de hacinamiento de personas adentro y afuera de los establecimientos mercantiles, mantener la seguridad en la salud de la población y garantizar el orden público.

Texto y foto: Agencias

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