Le quitarán el internet a empresas digitales que no paguen iva

A las plataformas digitales extranjeras sin oficinas en México que se nieguen a pagar el 16% del IVA que cobran por sus servicios, y no se den de alta ante fisco, se les suspenderá la conexión a internet y se publicará su nombre en una lista negra en el Diario Oficial de la Federación (DOF) y en el portal del Servicio de Administración Tributaria (SAT), según se propone en el paquete fiscal 2020.

Se trata de empresas de servicios digitales para la descarga o acceso a imágenes, películas, texto, información, video, audio, música, juegos, incluyendo los juegos de azar, así como otros contenidos multimedia, ambientes multijugador, la obtención de tonos de móviles, la visualización de noticias en línea, información sobre el tráfico, pronósticos meteorológicos y estadísticas.

Pueden ser los servicios de “streaming” de audio o video para ver películas o escuchar música, entre otros. También en esta categoría quedan comprendidos los servicios digitales de clubes en línea y páginas de citas, el almacenamiento de datos, así como los de enseñanza a distancia o de test o ejercicios, y tendrán que pagar el IVA.

En la miscelánea fiscal que forma parte del paquete económico 2020, se propone a consideración del Congreso de la Unión, un criterio vinculativo para establecer obligaciones a los prestadores de servicios digitales residentes en el extranjero sin establecimiento en México.

Se prevé que el SAT publique en su página de Internet y en el DOF, el nombre del proveedor y la fecha a partir de la cual se suspenderá la conexión con el propósito de que los receptores de los servicios en territorio nacional se abstengan de contratar servicios futuros.

También procederá aplicar la misma sanción cuando el contribuyente omita realizar el pago del impuesto, el entero de las retenciones cuando se trate de servicios digitales de intermediación entre terceros o la presentación de declaraciones informativas durante tres meses consecutivos, previo el derecho de audiencia a la aplicación de la sanción.

Se avalará que la medida no afecta el principio de neutralidad de los contenidos digitales.

Texto y foto: Agencias

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