Mexicanos podrán tener armas en casa, conoce la nueva ley

Hoy se publicó el decreto constitucional en materia de Guardia Nacional el cual establece entre otras cosas que los mexicanos tienen derecho a poseer armas en su domicilio para su seguridad y legítima defensa.

El documento fue publicado este martes 26 de marzo, pero se precisa en su artículo 10 que no se podrán tener en los hogares las armas prohibidas por la Ley Federal y de las reservadas para el uso exclusivo de la Fuerza Armada permanente y los cuerpos de reserva.

El decreto, aparecido en el Diario Oficial de la Federación (DOF), indica en su artículo 10 que “La ley federal determinará los casos, condiciones, requisitos y lugares en que se podrá autorizar a los habitantes la portación de armas”.

También determina que la estructura orgánica y de dirección de la Guardia Nacional estará adscrita a la secretaría del ramo de seguridad pública, que formulará la Estrategia Nacional de Seguridad Pública, los respectivos programas, políticas y acciones.

“La formación y el desempeño de los integrantes de la Guardia Nacional y de las demás instituciones policiales se regirán por una doctrina policial fundada en el servicio a la sociedad, la disciplina, el respeto a los derechos humanos, al imperio de la ley, al mando superior, y en lo conducente a la perspectiva de género”, estableció el decreto.

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