Posible, anular las elecciones

El magistrado presidente del Tribunal Electoral del Estado indica que los resultados podrían invalidarse si el porcentaje de votos anulados es igual o mayor a la diferencia de votos entre los candidatos punteros

Ante los cerrados resultados obtenidos en la pasada jornada dominical, el magistrado presidente del Tribunal Electoral del Estado de Campeche (TEEC), Francisco Ac Ordoñez, dejó entrever la posibilidad de que las elecciones puedan anularse.

Explicó que esta posibilidad puede darse cuando el porcentaje de los votos anulados es igual o mayor a la diferencia de votos entre los candidatos que ocuparon el primer y segundo lugar en los comicios.

“Hay dos factores para darse la anulación de la elección, una cualitativa, cuando por  la magnitud de las irregularidades en el proceso se da una afectación a los resultados de la votación, por violar los principios constitucionales que debe regir las elecciones. Y otra cuantitativa, cuando los votos que puedan anularse por motivo de una irregularidad, sumen una cantidad igual o mayor a la diferencia de votos entre partidos políticos, colaciones o candidatos que obtuvieron el primer y segundo lugar de la votación”, detalló.

De acuerdo con el Programa de Resultados Electorales Preliminares en Campeche, Layda está en primer lugar con 123 mil 741 votos, seguida por Eliseo Fernández Montúfar con 117 mil 552, una diferencia de tan solo 6,189 votos. Por debajo de ellos está Christian Castro Bello, con 114 mil 824. Asimismo, se contabilizaron 7 mil 531 votos nulos.

El entrevistado recordó que desde 2014 se dieron una serie de situaciones constitucionales, entre ellas tres causales de nulidad de las elecciones para tipo federal o local, grave, considerada así por la Constitución, dolosa y determinantes: La primera si se excede el gasto de campaña un 5 por ciento arriba del monto determinado; la segunda si se adquieren tiempos en radio y televisión fuera de los permitidos; y la tercera si se comprueba que hubo financiamiento ilícito o de recursos públicos.

Desde 2014 se dieron una serie de situaciones constitucionales, entre ellas tres causales de nulidad de las elecciones para tipo federal o local: grave, dolosa y determinantes.

De igual manera, el magistrado presidente del TEEC comentó que existe un catálogo establecido actualmente en la Ley que desde tiempo atrás se ha formulado, el cual es un listado de hipótesis respecto a este tipo de circunstancias.

Ac Ordoñez afirmó que hay que tomar en cuenta que únicamente pudiesen ser efectivas estas situaciones de anulación por causas expresamente señaladas en la Ley.

“Cuando las autoridades decimos que es determinante, se refiere porque existe una posibilidad en la cercanía de cambiar al primer y segundo lugar de los que resulten ganadores el día de la jornada”, finalizó.

Texto y fotos: Agencia

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