Feminicidas pagarán hasta con 65 años de cárcel

En sesión extraordinaria, el Congreso del Estado aprueba por unanimidad múltiples reformas en materia de feminicidio y abuso sexual

El Pleno del Congreso del Estado de Yucatán aprobó reformas al Código Penal, en el segundo periodo extraordinario del último año, por el que se elevan hasta 65 años las penas de cárcel para las personas que cometan feminicidio.

Además, se aprobó otra reforma para que no preescriban los delitos de abuso sexual a menores de edad, en una jornada muy intensa celebrada ayer viernes y al que asistieron 24 diputados.

La diputada Milagros Romero Bastarrachea, en su carácter de presidenta de la Comisión de Igualdad, sostuvo que fue un día histórico, pues se aprobaron por unanimidad múltiples reformas en materia de feminicidio y abuso sexual, que tienen como objetivo salvaguardar la vida de las mujeres y los menores de edad.

“No queremos únicamente más castigos, ni más feminicidas en la cárcel, sino que queremos permanecer vivas”, sentenció durante su intervención en el pleno.

Sostuvo que estas mejoras a la ley, contemplan penas más severas a los ilícitos de incesto, violencia familiar, hostigamiento, acoso, abuso, estupro, violación y feminicidio; que si bien, laceran de manera irreversible el desarrollo humano, las personas del sexo femenino son las más afectadas por un sistema machista.   

“Estos dictámenes se tratan de unos de los más importantes que hemos aprobado; con ello, la LXII Legislatura demuestra su compromiso y certeza a la ciudadanía”, enfatizó.

Primeramente, se reformó el Código Penal del Estado, y se aumentaron las penas por feminicidio, con 45 años como mínimo y 65 años como máximo, como lo marca el ordenamiento federal.

Por abuso sexual, quien cometa el delito en una persona menor de quince años de edad o en persona que no tenga la capacidad de comprender el significado del hecho, aún con su consentimiento, se le impondrá una pena de 10 a 18 años de prisión y de cuatrocientos a dos mil quinientos días-multa.

En el caso de los servidores públicos que retarden o entorpezcan maliciosamente o por negligencia la procuración o administración de justicia, cuando se trate de la investigación de un delito de feminicidio, se le impondrán de tres a ocho años de prisión y de quinientos a mil quinientos días multa, además será destituido e inhabilitado de seis a diez años.

Para los supuestos a considerarse que existen razones de género, se tomará en cuenta las lesiones o mutilaciones de la víctima.

Si se hiciere uso de la violencia física o psicológica, la sanción se aumentará hasta en una mitad. Este delito se perseguirá de oficio.

Asimismo, se contemplan nuevas atenuantes en razón de género en materia de feminicidio, por ejemplo que existan antecedentes de violencia comunitaria o política, del s-ujeto activo en contra de la víctima. Igual se tomará en cuenta, la violencia familiar, laboral, escolar,  económica, patrimonial y psicológica.

exto: Esteban Cruz Obando

Foto: Cortesía

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